Rodrigo Pozas

July 24, 2010

Sobre Leopoldo Bina…

Filed under: Comentarios — admin @ 12:25 pm

El siguiente comentario está escrito por la Sra. Arruti, madre de Lepoldo Bina. Como siempre lo he dicho en este espacio Leopoldo Bina fue un amigo de Rodrigo y como tal, estaremos siempre pendientes de que su muerte sea esclarecida y que los culpables paguen bajo todo el peso de la ley.

Pese al tiempo transcurrido quisiera comentar también, sobre la entrevista televisiva que dio, (lejos de toda producción y soberbia) Solange Bellone de Forza (pero sí con las contradicciones y maldad de siempre), a los pocos días de salir de la cárcel de Ezeiza. A pesar que su tema no me interesa, más allá de lo que pueda aportar para el esclarecimiento del mío, y jamás suelo hablar de quien no conozco, su frase final: ” lo que quiero aclarar es que no me compro la película de que por un malo, murieron dos buenos” me obliga a darme por aludida. Es esta la tercera vez que acusa o da a entender la inclusión de mi hijo, en lo que le conviene, a pesar de reconocer (hasta en sus declaraciones) que jamás escuchó el nombre de Leopoldo, ni siquiera en llamadas telefónicas, por lo que mal podría saber quien era o que hacia (como sí sabe, de Pérez corradi, Posse, Tarzia, etc etc.) Y es muy deshonesto ensuciar a otros por limpiar una imagen como la de ellos, tan sospechada. Comenzaré preguntando por su frase “conocí a mi marido después de después” y aclaró que era porque recién en el transcurso de los hechos posteriores descubrió qué hacia su marido y lo que más la horrorizaba era comprobar (después de después) los riesgos a que los expuso a ella y su hijo… ???? Según leí en sus declaraciones: “durante un almuerzo en un restaurante, acompañada por Forza y un empleado de éste de apellido Álvarez (el mismo que buscó el auto encontrado con las llaves puestas en constitución y que retiró porque el seguro estaba a su nombre) 1º) recibieron varias llamadas de amenaza a sus celulares, de un barra brava de Boca y de Julio Posse; 2º) que le dejaron una silla de ruedas en la puerta de su farmacia con un cartel que decía ” así vas a quedar”; 3º) que en abril/2008 (y pese a la custodia policial y las denuncias), viajaron a EE.UU. al enterarse de que lo iban a matar a Forza. etc. Ante todo esto ¿no se sintió amenazada? No evidenció el riesgo que corrían ella y su hijo?? No preguntó a su marido él por qué de todo eso o al menos de que se trataba??? Tuvo que pasar esto para que ella supiera “después de después?”. También dijo haber registrado (con la anuencia de Pierri) el nombre de “las viudas de la efedrina” y comentó que para hacerlo, habló con la esposa de Ferrón quien estaba de acuerdo. Me parece muy correcto que no incluyera a mi nuera ni siquiera en el llamado porque ella es solo la viuda de la injusticia y el exceso, nada tiene que ver en el resto pero como siempre nos incluyen por estar juntos, seria bueno que lo cambiara por “las dos viudas de la efedrina”. El excluirla en esto, como también lo hiciera el Dr Ramírez en cuanto aparecieron los cuerpos, que citó a Solange y la flia. Ferrón para informarles sobre una reunión organizada por los chicos a las 19hs. de ese mismo 7/8/2008 donde participaba una escribana y seguramente él, aunque no lo mencione por eso lo sabia; para iniciar una sociedad o algo así. Pero nosotros no fuimos citados pese a que Solange se comunicaba permanentemente con mi nuera ¿por qué no fuimos convocados si (supuestamente) mi hijo participaba?? Me tuve que enterar al tiempo y por mis investigaciones??. Nuevamente la exclusión confirma mis dichos y la ausencia de mi hijo en esas andanzas!! Nadie sabia de la existencia de mi hijo hasta que los encontraron juntos; y si Forza hubiera estado preso (como correspondía) o esto hubiera ocurrido en mayo mi hijo estaría feliz y tranquilo como siempre sin saber que Forza existía porque lo conoció en julio!! Les sugiero a cada uno que se limite a hablar solamente de los suyos, y a solucionar sus propios problemas que con eso tiene bastante porque no les permito pluralizar ni sugerir nada más sobre mi hijo por ninguna circunstancia. Siempre me preguntaba: por qué Ramírez y compañía trabajaban para Faggionatto aceptando e influenciándonos a aceptar la efedrina en el caso, si hasta hoy el argumento novelado (digno de un guión norteamericano) de que Forza vendió un cargamento rebajado con sal – cosa que no he visto demostrada ni prueba que lo acredite en lo mucho que investigué o leí – y que ese fue el primer intento de los mafiosos( nuestros) para que los narcos lo mataran? …… El tiempo me ha llevado a estas conclusiones: – Faggionatto fue puesto para desviar todo hacia la efedrina, trabajando para los verdaderos mafiosos, encubriendo a los que, por su exceso, los pusieron en evidencia. -culpar a los chicos que si “ni hablan, ni pagan” (según dijo Pierri) es muy fácil limpiarse en ellos -poniendo en la mira a algunos elegidos limpiaban de competidores el camino, de lo contrario los forzaban a “suicidarse” -detienen a los que como brito denuncian la verdad, para callarlos y ejercer control. – el Dr.. Ramírez lo acepta porque, no solo era abogado de Forza en los últimos años, sino que es socio en algunas farmacias y sabe más de lo que dice; por eso necesita cubrirse y alejarse de los medicamentos, para no quedar involucrado. –Y por último, nadie quiere saber la verdad, porque yo pido desde un principio la lista de los importadores de efedrina donde figure la cantidad, a la que deben restarle lo utilizado para remedios, seguir la ruta de la efedrina resultante de esa diferencia, es lo que nos llevaría a saber exactamente quien trafica, con quienes, cual fue el destino, etc etc. TAN SIMPLE Y OBVIO COMO ESO!!!! –Tampoco he logrado que alguien en la justicia escuche la cinta que el propio Forza gravó en vida, detallando el negocio de la mafia de los medicamentos, ni por curiosidad??? -Y Capaccioli?, agente del gobierno, acusado por todos y claramente involucrado, jamás fue llamado a declarar y ahora lo hacen de última y sin fecha, CUANDO TENDRÍA QUE HABER SIDO EL PRIMERO POR TODAS LAS PRUEBAS QUE TIENEN!!! -y Pérez Corradi?, acusado hasta por el propio Forza, me mintieron durante un año, que estaba detenido en Miami y cuando descubrí que estaba en Ezeiza, me contestaron que no había figura legal para tomarle declaración. Me pregunto ¿que todos lo sindiquen como quien lo mandó a matar, incluso la propia víctima, no tendría que contestar (aunque sea) porque?? – todo esto lo completa una noticia(que cuando es importante y toca de cerca a los funcionarios vigentes, no la sigue ningún periodista) que salió una sola vez pero aclara muchas cosas: “Que la contadora, hija del senador bonaerense Goicoechea, gestionó para MARTIN LANATA, el permiso para importar efedrina, ¿para que la querría un instructor de tiro, que gestionaba permisos de portación de armas en tiempo record,para gente complicada en la justicia??? ¿y la gestión para Ochoa quien importó una tonelada en un año??? y este personaje quien es que nadie lo investiga???? son tantos los personajes que se cruzan!!!tantos los nombres que aparecen!!! y siempre con el mismo origen!!!!

FUENTE Leopoldo Bina,mi historia.

June 15, 2010

INVICTUS

Filed under: Comentarios — admin @ 10:18 pm

Más allá de la noche que me cubre
negra como el abismo insondable,
doy gracias a los dioses que pudieran existir
por mi alma invicta.
En las azarosas garras de las circunstancias
nunca me he lamentado ni he pestañeado.
Sometido a los golpes del destino
mi cabeza está ensangrentada, pero erguida.
Más allá de este lugar de cólera y lágrimas
donde yace el Horror de la Sombra,
la amenaza de los años
me encuentra, y me encontrará, sin miedo.
No importa cuán estrecho sea el portal,
cuán cargada de castigos la sentencia,
soy el amo de mi destino:
soy el capitán de mi alma.

William Ernest Henley.

May 17, 2010

Diego Fernández de Cevallos.

Filed under: México — admin @ 10:35 am

No hace mucho tiempo, me dijeron esta frase: ” hasta que no toquen a uno de ellos, nadie luchará realmente contra el narco en México”. “Ellos” es la clase política dominante y poderosa mexicana, comandada por el presidente actual y un cártel de drogas apadrinado por ellos mismos.

Y al que “tocaron” y secuestraron ( hasta este momento esa es la noticia) es a Diego Fernández de Cevallos, el “Primerisimo” al mando de los panistas, al ” Jefe” Diego, llamado asi, por manejar a la clase politica a su antojo, al más conservador, ladrón y corrupto de los líderes mexicanos actuales.

Les adjunto la noticia que tiene conmocionada todo México.

http://www.eluniversal.com.mx/notas/680619.html

May 10, 2010

Allanaron la obra social de Moyano por la mafia de los medicamentos

Filed under: La verdad al fin. — admin @ 8:46 am

En hermético silencio, el juez Claudio Bonadio allanó la Obra Social de Camioneros (OSCHOCA) que pertenece al poderoso sindicato que conduce Hugo Moyano y que está siendo investigada por posibles irregularidades en la gestión de subsidios para la compra de remedios de alta complejidad.

La orden se firmó hace dos meses pero recién se hace pública hoy a partir de información revelada a Clarín por representantes del gremio y confirmada por fuentes judiciales. La Policía Federal llegó a las oficinas de la mutual en la calle San José y se llevó documentación de los expedientes presentados ante la Administración de Programas Especiales (APE), el organismo que administra el dinero que el Estado transfiere para la compra de estos medicamentos.

La hipótesis de este expediente es que OSCHOCA presentaba legajos de pacientes truchos para recibir el dinero del APE. De ser así, esta maniobra habría contado con la colaboración del proveedor exclusivo de la obra social en remedios contra el cáncer, sida y hemofilia. Se trata de Droguería Urbana, otra sociedad aportante a la campaña presidencial de Cristina Kirchner que entregó $310.000 y está siendo investigada no sólo en esta causa sino también en la que tiene el juez Norberto Oyarbide por la mafia que robaba y adulteraba medicamentos.

El titular de Urbana se llama Marcos Daniel Hendler y su voz aparece en varias de las escuchas que constan en la causa de Oyarbide y que podrían ayudar en la de Bonadio.

En un diálogo citado en una resolución de la Cámara Federal -que publicó ayer el diario Perfil-, la encargada de ventas de Droguería del Plata, Alexia Bergalli, coordinaba la venta de troqueles truchos con Hendler. Cuando una obra social presenta un pedido de subsidio ante el APE, debe entregar un legajo con los datos y necesidades del enfermo y el troquel del remedio que se le prescribió, de manera de dejar constancia que el paciente lo recibió efectivamente. La justicia pudo corroborar que en muchos casos se presentaban pacientes sanos y troqueles falsos para recibir la plata del APE.

Según la jugosa conversación entre Hendler y Bergalli, la obra social de Moyano no sería una excepción. Hendler le dice a la mujer: “Escuchame, necesito un favor, en camioneros perdieron 19 troqueles de Erbitux chico (N.de la R.: un medicamento contra el cáncer).

¿Podemos hacer algo?”

Bergalli: Si, te los mando a hacer. ¿querés que te diga cuanto salen?

Hendler: Decime y mandámelos a hacer por favor …

Bergalli: 37 cada uno los pago, sería 665

Hendler: Dale buenísimo, y eso ¿para cuando calculás que está?

Bergalli: Si los tiene, los tiene confeccionados. Los puedo mandar a buscar y los puedo tener a las 2 de la tarde, 3 de la tarde acá …

Cuando Bonadio firmó la orden para allanar las oficinas de OSCHOCA intentaba seguir la pista de estas posibles irregularidades. En su despacho ya tiene guardados los documentos que prueban que la mutual de Moyano es la preferida del Estado a la hora de recibir subsidios. Según información encontrada en el APE, recibió casi 70 millones de pesos entre 2006 y 2009 para pagar los medicamentos que le compra exclusivamente a Droguería Urbana.

Esta sociedad creció sin disimulo desde que Hendler entró a su directorio en junio de 2007. Desde entonces, se convirtió en la proveedora principal de OSCHOCA y gracias a esa buena relación, Urbana logró pasar de un balance de 4 millones de pesos en 2004, a $ 30.791.066 en 2008.

Esa espiral ascendente llamó la atención de Bonadio quien también busca saber por qué Moyano decidió beneficiar tanto a una droguería en particular.

La causa se abrió en 2006 a partir de una denuncia de Juan Pablo “Pata” Medina, dirigente de la UOCRA y enemigo declarado del líder de la CGT. Desde que el año pasado, el expediente tomó impulso, la dirigencia de Camioneros no oculta su ansiedad. Sin éxito, trataron de recusar al juez después de que le tomó la declaración a Néstor Lorenzo, titular de droguería San Javier y procesado por Oyarbide. Tras el allanamiento a OSCHOCA, los abogados volvieron a presentar pedidos de nulidades para intentar frenar este sensible expediente.

FUENTE  CLARIN DIGITAL.

May 4, 2010

A comentario personal.

Filed under: Comentarios — admin @ 9:13 am

El siguiente comentario es puramente mío y no tiene nada que ver con Rodrigo Pozas .

En este momento , se está elegiendo al Presidente de la Unasur, a el ex Presidente K , en pocas palabras, más poder para la Argentina que esta bajo uno de los Gobiernos más mafiosos, represivos y corruptos que ha tenido en los últimos tiempos.

Sabemos que esto  es producto de acuerdos, bajo la manga, totalmente politicos y que NADA tienen que ver con los intereses de los pueblos Sudamericanos. Esta es la elección de un “Jefe” para Sudamérica, tanto o más oscuro que los Estados Unidos, de quién , se supone, nos estamos ” liberando”.

Mujica dijo ” los gobiernos no hacemos lo que queremos, sino lo que apenas podemos”….hablará por El mismo, porque lo demás que están ahi sentados, hacen lo que se les viene en gana.

Esta no es la unidad de Sudamérica, esta es la unión de grupo de corruptos.

April 2, 2010

Hebe de Bonafini.

Filed under: Comentarios — admin @ 4:50 pm

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Especial para Urgente24). La presidente de Madres de Plaza de Mayo, una beneficiaria importante de los dineros K que la han convertido en una defensora a ultranza de los Kirchner pero también ha apoyado causas extremistas como las del dictador Fidel Castro Ruz, la del violento Ernesto Guevara, la del terrorismo vasco de ETA, la del terrorismo colombiano de FARC y la del autoritario Hugo Chávez Frías.

Ella también se pronunciado sistemáticamente en contra de los gobiernos del llamado 1er. Mundo, la socialdemocracia, el Estado de Israel, el neo-liberalismo, el F.M.I., todos vistos por Bonafini como la corporación del Poder, del sistema actual de dominio internacional, que provocó, entre otras cosas, las víctimas del cívico-militar Proceso de Reorganización Nacional.

Hebe de Bonafini abunda en demostraciones de intolerancia y respeto:

> (Horacio) “Verbitsky es un sirviente de Estados Unidos. Recibe un sueldo de la Fundación Ford y, además de ser judío, es totalmente pronorteamericano”.

> “Pino Solanas realmente es muy cagón. Cuando él estaba con las madres y hablaba del petróleo, le propusimos volar un pozo de petróleo e inundar una ruta para captar la atención de las autoridades en torno a sus denuncias. Entonces me dijo ‘Ah no, eso no’. Se cagó en las patas, él habla mucho y hace poco”.

>”Voy a hablar con mucho dolor de nuestro compañero de Morón que también perdió la chaveta (Martín Sabbatella), criticando tan duramente al gobierno de nuestra Presidenta, diciendo que es igual al gobierno de Menem. Que se les caiga la lengua” (por Sabbatella y Pino Solanas).

> “El problema más importante del país no es el de los desaparecidos. El problema más importante es el problema económico. Para nosotras la legalidad no existe. Ni siquiera pagamos impuestos”.

> “Vimos a grandes hipócritas llorando y hablando de Alfonsín como si fuera San Martín. Yo, desde la Plaza, quiero hablar con mucho respeto por la familia, pero esa gente que hizo 16 cuadras de cola no sabe que para el ex presidente éramos una mala imagen”.

> ”No nos equivoquemos, (Raúl) Alfonsín no es un héroe. Además, perdonó a todos los asesinos que caminaron por este país todo el tiempo que quisieron”.

> “Es verdad que había mucha gente (en el sepelio de Alfonsín), pero no había ni pobres ni trabajadores. Era una movilización de clases altas y medias que siempre salen para estas cosas. El más grande repudio para todos los hipócritas que lo fueron aplaudir”.

> “Ella (Cristina de Kirchner) es brillante para todo pero la oposición no es una oposición, es una mierda”.

> “Cuando pasó lo del atentado a las torres Gemelas  yo estaba en Cuba visitando a mi hija, y sentí alegría. No voy a ser hipócrita, no me dolió para nada. No me dolió para nada, porque siempre digo en mis discursos, decimos las madres, que nuestros hijos serán vengados el día que el pueblo, algún pueblo sea feliz. Y creo que en el momento del atentado, un atentado sin ninguna declaración de guerra, alguien que declaró la guerra sin portaaviones, sin aviones, sin misiles, sino con el cuerpo, y no es muy fácil declarar la guerra con el cuerpo, por eso fue inesperado, porque tanta tecnología no le sirvió a EE. UU. Yo sentí que había muchos pueblos en ese momento que eran felices y sentí que la sangre de tantos en ese momento era vengada”.

> (Explicando porqué se oponía a un Museo de la Memoria) “Ya vi otros museos de los organismos, y ahí no van a estar los (fusiles) FAL que usaban nuestros hijos, ni las estrategias que usaban cuando ellos quisieron hacer la revolución. Siempre pensé en mis hijos como guerrilleros y revolucionarios, con un gran orgullo. Si en un museo no va a estar cómo fue la organización, las luchas que hubo, los hechos que realizaron, no sirve”.

> “Yo me siento revolucionaria sin haber usado nunca las armas, pero creo en la revolución armada.”

> “Un revolucionario nunca es terrorista. Es alguien que quiere el bien del pueblo para que otros vivan, coman y sean felices. El terrorista es el Estado que reprime, el otro es una respuesta prevista en la propia Constitución”.

Acerca de su conversión al kirchnerismo (omitiendo todolo referet a subsidios y prebendas que ella comenzó a administrar desde su ‘nuevo enfoque’):

> “Me la pasé diciendo que Menem, Duhalde y Kirchner eran la misma mierda. Y después tuve que ir a decirle: “Señor presidente, me equivoqué, yo dije que usted es la misma mierda que los otros pero no: usted es totalmente distinto”. Y se lo reconocí así, sinceramente”.

> “Las Madres somos muy libres para decir lo que pensamos. En un discurso, hace años, dije que alguna vez un hijo nuestro iba a cruzar la plaza, y se iba a sentar en el sillón para ser presidente. Y ahora él me contó que el 24 de marzo de 1976 ya empezó a pensar que quería llegar a Presidente. Lo que no soñé es que algo así iba a ser tan rápido”.

> “Tenemos la suerte de tener un gobierno que nos muestra el camino de la democracia para condenar a los asesinos. Estamos orgullosas las madres de vivir en este país regado de sangre por los patriotas, Gracias Cristina y también gracias Néstor. Sabemos que faltan cosas, pero nunca hubiéramos pensado que hubiera habido asesinos en las cárceles, muchos condenados, miles procesados, anulados la obediencia debida y el punto final”.

Vale recordar también las confesiones casi olvidadas del arquitecto Bonafini, quien fue marido de Hebe Pastor, en el programa televisivo del ya fallecido Bernardo Neustadt, en junio de 2002:

> “Me extraña lo que dice y hace mi ex mujer. Antes de anoche, cené con mis hijos Jorge y Raúl, en la “Posada de Juanillo aquí en Madrid, precisamente frente a la casa del actor Héctor Alterio que junto a su señora estaba ubicado en una mesa frente a nosotros”.

> “Mi ex mujer que se casó conmigo odiando mi ideología desarrollista, todos saben que admiré a Don Arturo Frondizi toda mi vida, ella fabricaba disputas todos los días. Cuando me divorcié le prohibí el uso de mi apellido”.

> ”Sinceramente creo que el odio la enfermó mentalmente. Ella debe hacer esto por los hijos de otras  madres, porque nuestros hijos están vivos”.

Esta mujer llena de fobia salió a respaldar a los cuidacoches (trapitos) y a los piqueteros que se tapan la cara y portan palos en marchas callejeras y calificó de “siniestro” al jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, porque quiere combatirlos.

En su habitual ronda de los jueves en Plaza de Mayo, Bonafini dijo el 01/04:

> “Hoy, acá, todos tendríamos que tener un trapito en la mano para ser los trapitos que quiere combatir Macri, ese hombre tan siniestro que quiere condenar a los piqueteros porque se tapan la cara”.

> “Los 1eros. piqueteros, que fueron los de Cutral-Có, se tenían que tapar la cara porque los perseguían cuando sabían que cortaban las rutas”.

> “Entonces, para hacer algunas cuestiones, los pibes se tapaban la cara para que nadie los conozca. Así nacieron los piqueteros y muchos que se tapan la cara es para que después no los lleven presos”.

> “Acá hay muchos ladinos, por decirles poco que no quieren ni a piqueteros ni a los trapitos”.

> “Macri quiere perseguir a los pibes que si quisieran robar, no limpiarían los vidrios, irían a robar directamente”.

> “Limpian los vidrios porque no quieren robar; habrá uno que otro, yo no digo que no. Pero la verdad, limpian los vidrios porque no quieren robar”.

Reflexiones:

Cuánto daño le provoca a este malhumorado y enfrentado país (gracias al gobierno nacional y sus secuaces) una maligna mujer, testigo y protagonista de épocas de dolor que ella no se cansa de convertir en presente 40 años después porque así devino en mujer adinerada.

Olvida esta mujer  que defendiendo el negocio de  los trapitos patoteros, también defiende parte de la corrupción policial por admitir el accionar de estos sobre sus avasallados “clientes” por permitirles que los extorsionen.

¿Por qué defiende Bonafini la violencia de los caras tapadas?

La mayoría de ellos son menores de edad, según se dice. Entonces el argumento de ella -que si los identifican, van a la cárcel- es mentiroso.

El orden y la defensa del ciudadano común a merced de estos vándalos poco le interesan a esta caricaturesca octogenaria.

Conclusión:

El arzobispo de Córdoba, monseñor Carlos Ñáñez, afirmó hoy, 2 de abril de 2010, que la Semana Santa “es una invitación a serenar los espíritus” y advirtió que “no se puede vivir en un tono de crispación y permanentes enfrentamientos”.

Ñáñez también pidió a los gobernantes, y a la sociedad en general, una actitud de “diálogo y consenso” para solucionar los problemas y terminó diciendo:

> “Los argentinos como pueblo, como Nación, como sociedad, tenemos una tendencia a ser terminantes, a ser intolerantes”.

> “Como Nación, tenemos que tomar conciencia de esto y producir un cambio, porque si no vamos a estar siempre enfrentados”.

Lástima que Hebe de Bonafini nunca aprende la lección y a esta altura de su vida es casi imposible que se baje de un discurso que le permite vivir mejor que al promedio de los argentinos.

Citando un mensaje del apóstol Pablo a los primeros cristianos, Ñáñez trazó un paralelismo con la situación actual en la Argentina y apuntó: “Si ustedes están así van a terminar destruyéndose, y eso no es un futuro alentador para el país”.

March 25, 2010

Por Unanimidad..Destituído!

Filed under: La verdad al fin. — admin @ 12:55 pm

Lo resolvió por unanimidad de sus siete miembros el jurado de enjuiciamiento del Consejo de la Magistratura. 

Por unanimidad de sus siete miembros, el jurado de enjuiciamiento del Consejo de la Magistratura destituyó al suspendido juez de Zárate-Campana Federico Faggionato Márquez por mal desempeño de sus funciones.

La lectura del veredicto se realiza en la sede del Consejo de la Magistratura, en Libertad al 700. El magistrado estaba suspendido desde el 15 de octubre pasado.

El tribunal que analizó la conducta del suspendido juez fue integrado por Juan Giúdice Bravo, como presidente; Rubén Lanceta y Marina Riofrío, como vices primero y segundo, y Juan Manuel Irrazabal, Juan Carlos Marino, Daniel Medah y Jorge Villada como vocales.

Qué pasó. El Consejo de la Magistratura ordenó el 15 de octubre último iniciar un juicio político contra Faggionato Márquez por mal desempeño de sus funciones y lo suspendió hasta que termine el proceso.

Las acusaciones contra Faggionatto incluyen la supuesta apropiación de una cosecha de soja, haberse complotado con policías para perjudicar a un imputado, no excluirse en un caso donde se lo investigaba por no haber concedido la prisión domiciliaria a un preso que murió y haber pedido coimas a detenidos en un caso de secuestro extorsivo.

Además, fue el juez que llevó la causa de la mafia de la efedrina, aunque su mayor nivel de exposición pública lo alcanzó cuando, en plena campaña electoral para las elecciones legislativas del 28 de junio pasado, citó a declarar como sospechoso al diputado Francisco de Narváez, principal opositor (y finalmente triunfador) del ex presidente Néstor Kirchner.

Fuente La Nacion.c0m.

March 10, 2010

Un dia para recordar..

Filed under: Comentarios — admin @ 12:55 pm

 

 

                                                    10 de Marzo 2010.

March 5, 2010

La resolución del Tribunal.

Filed under: La verdad al fin. — admin @ 8:41 pm

El tribunal oral declaró nulas las declaraciones que el Juez Faggionato Márquez tomó de Rodrigo . Ahora han  dispuesto que se lo vuelva a indagar, como si nada hubiera pasado.

Me pregunto yo, y el tiempo que las actuaciones mafiosas y criminales de Faggionato, lograron tener a Rodrigo injustamente en la cárcel , quién nos lo devuelve?  Es que un año y medio, es nada para uds? Navidades, años nuevos, cumpleaños, el ver crecer a su hijo, el dejar de ser productivo, el empzar de cero, es NADA ?.

Abajo les adjunto el fallo del Tribunal y leanlo con DETENIMIENTO, porque si lo que han determinado se cumple, Rodrigo debe salir LIBRE y SOBRESEIDO, la semana próxima.

Fallo del Tribunal, leer a continuación.

Causa nº 2454 “Pozas Iturbe, Rodrigo y otros s/Ley 23.737”, TOF2SM

Olivos, marzo 4 de 2010.

Autos y Vistos :

Para verificar si se cumplieron las prescripciones de la
instrucción, control de legalidad previsto por el art. 354 CPPN; y,

CONSIDERANDO:

1). Aclaración previa

En el inicio de nuestra intervención advertimos que de
un concienzudo análisis de las actuaciones que componen este complejo
expediente, o anexo para ser más precisos como luego se verá, surgen
sistemáticas irregularidades que al estar en pugna con garantías de rango
constitucional se impone abordarlas de oficio (argumento art. 168 última
parte CPPN).

Para brindar sustento a nuestra posición, léase normativo
como doctrinario, diremos que las resoluciones dictadas en el autorizado
marco que se cita en el exordio (art. 354 CPPN), “no pueden ser objeto de
discusión por parte de los jueces de instrucción, porque la ley asigna a los
tribunales orales la autoridad para esa verificación”. Y que el control de
legalidad “no es meramente facultativo sino impuesto por la ley”, concepto
esencial que servirá de punto de partida para las conclusiones que vendrán.
En línea con esto, bueno es recordarlo, también se ha
sostenido que “los jueces deben verificar, en particular, la existencia de un
requerimiento válido que habilite la realización del juicio y en general la
observancia de las disposiciones cuya infracción podría acarrear la
declaración de nulidades de las que pueden decidirse de oficio” (CNCP,
Sala II, “Lobanco”, causa nº 11309, resuelta el 2/9/09).

2). Antecedentes

Estos actuados, que proceden del Juzgado Federal de
Campana, Secretaría Penal nº 2, muestran un anexo de la causa principal,
de la que se ha desprendido, referencia a los autos “Rodríguez Cano, R. y
otros s/Ley 23.737”, causa nº 2313 de este registro, en trámite y con la
etapa del plenario muy avanzada, cercana ya a la instancia del debate
(pruebas proveídas y cumpliéndose).

En ese tramo inicial del proceso ya advertíamos, ahora
con mayor propiedad por lo que luego dispondremos, que la labor de este
colegiado “debe circunscribirse a lo que es su estricta jurisdicción, que no
es otra que la compleja trama de hechos objeto de la requisitoria fiscal,
donde aparecen involucradas dieciséis personas, todas sujetas a prisión
preventiva. Vale decir que por imperativo legal (art. 347 inc. 2° y ss.
CPPN) el tribunal sólo podrá entender en las conductas descriptas e
individualizadas en la acusación, base y límite del futuro debate (C.S.J.N.,
20/8/1996, Devicense, Marcos, JA 1999-IV)”.

Conviene anotar, que en el anexo que hoy nos ocupa, en
rigor debemos hablar de un tercero pues en el ínterin ingresó el segundo
(causa nº 2426 “De la Cruz Acuña, Salvador”, con tres imputados y
citación a juicio en curso), aparecen otros nueve sujetos involucrados, de
los cuales siete guardan prisión preventiva.

Ello de por sí habla de la magnitud de la pesquisa, tanto
más si se piensa que ante el juzgado de origen tramitan otros apéndices o
legajos. La reseña de la Sra. juez subrogante Dra. Sandra Arroyo Salgado,
llamada a intervenir tras la suspensión del colega titular, habla por sí (ver
fs. 17631/6 de la causa citada).

Como expusiéramos cuando ingresó el primer legajo, si
bien el Sr. juez instructor posee la indiscutible potestad de ahondar en la
investigación hasta agotarla, pues ese es su insoslayable deber, también
diremos que no nos parece adecuado ni usual el envío fraccionado al que
nos viene acostumbrando: resta dinámica, confunde y entorpece,
dificultando la comprensión de los textos, cuya claridad, por la sola
complejidad y envergadura del pleito, no debe ofrecer flancos. Al menos,
digámoslo sin vueltas, en términos de justicia pronta y eficaz, por la que se
debe velar (doctrina del caso “Mattei”, Fallos CS 272:188).

Pero más allá de la metodología empleada, si se quiere
opinable, no podemos pasar por alto que esa falta de claridad se proyectó
sobre cuestiones trascendentales, con grave menoscabo al debido proceso y
la defensa en juicio, aspecto que analizaremos, de oficio, en el capítulo
siguiente.

3). Las declaraciones indagatorias
En lo conceptual sabido es que los medios de coerción
procesal, cualquiera sea su naturaleza, importan una intromisión forzada
del Estado en el ámbito de la libertad jurídica de las personas; como tales,
deben ajustarse a recaudos ineludibles.

En cuanto al derecho del encausado a ser oído en el
proceso, por la declaración indagatoria, tiene rigurosa reglamentación y
nuestro código instrumental prevé, para luego del rutinario interrogatorio
de identificación, esta formalidad de carácter sustancial: “el juez
informará detalladamente al imputado cuál es el hecho que se le
atribuye”, indicándole “cuáles son las pruebas existentes en su contra”
(art. 298 CPPN).

En este tramo de la pesquisa el Sr. juez indagó, en las
fojas que se citarán, a estas personas: Rodrigo Pozas Iturbe (5502/07,
6119/22 y 6531/33), Guillermo Enzo Manfredi (11375/81), Alfredo
Augusto Abraham (11367/74), Víctor Antonio Wendling Duarte
(11473/80), Miguel Angel González (12884/89, 12915/20 y 13352/58),
Ariel Alejandro Mancuso (11646/48), Rubén Alberto Galvarini (15438/44
y 16787/93), Horacio Jorge Quiroga (16923/28) y Walter Gabriel Garrido
(17026/30). Todas vienen a juicio.

Cuando el Sr. juez intentó cumplir la carga del art. 298
CPPN citado, salvo en lo que al Sr. Mancuso atañe y en la puntual falsedad
documental atribuida al Sr. Wendling Duarte, utilizó un cliché y echó mano
a una vaga e imprecisa fórmula, advirtiéndoles a los sujetos que se los
sospechaba “de haber formado parte junto” a otros -más de diez,
aclaramos-“de una organización dedicada a la tenencia de materias
primas y elementos destinados para la producción y fabricación
de…estupefacientes…organización o financiación de las actividades
ilícitas…facilitación de un lugar o elementos para que se lleven a cabo las
conductas”, etc., etc.

Nos preguntamos de qué conducta específica habló; qué
actividad concreta se financió, cómo, cuándo y a todo evento entre quiénes,
interrogantes que sugiere, pero no revela, la nuda afirmación de formar
parte de una organización integrada por más de diez partícipes.

Como muestra baste con ver que en el caso de algunos
de ellos no consta de qué modo los vinculó con ese actuar organizado,
máxime cuando se tratarían de sujetos que no se conocerían entre sí y que a
primera vista al menos, no se percibe ni entiende, por la gran confusión,
con qué indicio o hilo conductor se los ligó a la compleja trama.

O, cuando en el texto, despojado según vimos de la
ineludible descripción fáctica, se les achaca a todos, sin discriminar, el
hecho de “facilitar un lugar o elementos para llevar a cabo las
conductas”; lugar, elementos y conductas que imperativamente debieron
consignarse en los instrumentos bajo inspección (art. 298 CPPN).

A excepción, insistimos, de Ariel Alejandro Mancuso,
quien viene interpelado por la conducta del primer legajo, declaración que
sin vicios a la vista habremos de preservar, sumándolo al avanzado trámite
de la causa nº 2313, para ser juzgado junto a su hermano Claudio Daniel y
Mario Raúl Ribet; previo fotocopiar lo pertinente y correr traslado a las
partes para que ofrezcan pruebas, citándoselas a juicio por el término de
diez días.

Retomando nuestra observación, tampoco facilita la cita
en exceso y como al barrer de pruebas colectadas en la pesquisa, por el
contrario dificulta, en esencia porque no todos los sujetos responden por el
universo de elementos de cargo que ofrece la causa. Y fundamentalmente,
para decirlo sin rodeos, porque suma confusión e impide comprender el
hecho objeto de interpelación, de lo que se intuye que si a estos jueces les
resultó imposible descifrarlo, con cuanta más razón a los imputados.

El Sr. juez instructor se limitó a catalogar conductas,
citando verbos típicos de la ley de drogas (23.737), incluyendo el delito de
contrabando, que luego reiteraría al mencionar su articulado, pero sin
especificar los hechos por los cuales serían intimados; vacío conceptual
que no llenó el recaudo procesal, de raíz constitucional, que exige la
detallada información del suceso por el que debían responder los
sospechados, sin que por lo tanto tuvieran ocasión de negar o argumentar
en contrario e incluso aducir alguna circunstancia excluyente de
responsabilidad.

El caso del Sr. Garrido es paradigmático porque pese a
la profusa transcripción de trazos de conductas de la Ley 23.737, de la que
tampoco pudo desembarazarse su indagatoria, terminó siendo procesado,
entre otros delitos por el de transporte de estupefacientes, variante de
tráfico específica que en el descontrol del cliché no apareció reflejada (fs.
11646/48 y 17182vta. punto II, por ese orden).
El Sr. agente fiscal hizo una seria advertencia en ese
sentido, que no fue casual, aunque luego terminó por convalidar,
contradiciéndose: pese a sostener que las indagatorias “no cuentan con una
descripción precisa del hecho imputado…realizándose una descripción
general”, que ni el tribunal advierte ni el titular de la acción explicó,
concedió que de todos modos “ los imputados han comprendido los hechos
y han tenido oportunidad de defenderse” (ver su consideración previa, vid
fs. 17720vta.). Es decir, pese a la carga del art. 69 CPPN no motivó la
posición que al quedar sin sustento dejó traslucir su exclusivo arbitrio.

Retomando y como enseña Maier “la sentencia sólo se
debe expedir sobre el hecho y las circunstancias que contiene la
acusación, que han sido intimadas al acusado y, por consiguiente, sobre
aquellos elementos de la imputación acerca de los cuales él ha tenido
oportunidad de ser oído; ello implica vedar que el fallo se extienda a
hechos o circunstancias no contenidos en el proceso que garantiza el
derecho de audiencia” (op.cit., Derecho Procesal Penal, T.I, Ed. Del
Puerto, p. 568, extractada del voto de la Dra. Ledesma en el señero caso
Blumberg, de este tribunal).

Por ende, la nulidad se presenta como única salida, pues
encausar el plenario con el convencimiento de que los actos que lo integran
no son susceptibles de producir los efectos jurídicos que el sistema les
acuerda supondría no sólo hipocresía intelectual sino apartarse del mandato
de ley (arts. 18 CN y 168 2da. parte CPPN); sanción que por conexión
alcanza a los autos de procesamiento y al requerimiento de elevación a
juicio, con la salvedad de los Sres. Mancuso y Wendling Duarte, este con
parcial validez, de lo que el Sr. juez al renovar sus actos debería tomar
nota, de no incomodarle la invitación.

A propósito de la requisitoria, también exhibe falencias,
que mencionaremos al sólo efecto de evitar más dispendio jurisdiccional,
debiendo agregar que al haberse violado garantías de rango constitucional,
en el caso relacionadas con la intervención del encausado (art. 167 inc. 3º
CPPN), nos encontramos frente a nulidades absolutas no captadas por la
caducidad del art. 170 del mismo código.

4). La acusación

Si bien la pieza mencionada no podrá subsistir y su
suerte quedó sellada según vimos, con la mínima excepción apuntada, tal
circunstancia no es óbice para referirse al documento en pos de esclarecer
los sucesos que se investigan y de juzgar debidamente a sus responsables,
si los hubiere.

En nuestra visión muestra defectos de fundamentación y
razonamiento (doctrina Fallos: 315:381; 317:832; 318:320, entre otros),
siendo muy posible que la parte haya sido arrastrada por las falencias a que
hiciéramos referencia, aunque de todos modos, a la luz de la facultad
conferida al Ministerio Público Fiscal por nuestra Carta Magna (art. 120),
no encontramos justificación.

No vamos a repetir lo de las indagatorias porque esa
irregularidad se interpoló en el documento, como era incluso de esperar. Si
la condición para realizar el juicio es que exista una base de imputación
válida formulada por el titular de la acción en los términos del art. 347
último párrafo CPPN, es notorio que la ley le asigna la mayor de las
relevancias y que la instancia del debate está condicionada por los términos
de la requisitoria.

De ahí que resulte aconsejable y nos permitimos sugerir
al Sr. fiscal que tenga en cuenta al renovar su dictamen la imperiosa
necesidad de acotar y definir con precisión las conductas que considera
pasibles de reproche a cada uno de los imputados en particular, principal
falencia de la pieza invalidada (arts. 69 y 347 última parte CPPN).

5). Mensaje final

No se nos escapa que la decisión se instala en un
proceso cuya trascendencia pública resulta notoria, ni la necesidad de
evitar que se trunque un juicio pronto y justo, en el que tanto la sociedad
como las partes tienen puestas sus expectativas. No obstante, estamos
convencidos que se comprometieron aspectos atinentes al orden público
que fue inevitable tener que atender, prioritariamente y de oficio, como
enseña la doctrina de nuestra Corte Suprema y su incuestionable autoridad
(Fallos: 320:854).

Por ello, el Tribunal;
RE S UE L VE:

1. DECRETAR LA NULIDAD de las declaraciones
indagatorias de Rodrigo Pozas Iturbe (fs. 5502/07, 6119/22 y 6531/33),

Guillermo Enzo Manfredi (11375/81), Alfredo Augusto Abraham
(11367/74), Víctor Antonio Wendling Duarte (11473/80), Miguel Angel
González (12884/89, 12915/20 y 13352/58), Rubén Alberto Galvarini
(15438/44 y 16787/93), Horacio Jorge Quiroga (16923/28) y Walter
Gabriel Garrido (17026/30) y de lo actuado con posterioridad y en
consecuencia, autos de procesamiento y solicitud de elevación a juicio de
fs. 14454/55, 12023/31, 13418/34, 12496/99, 16047/51, 17167/83 y
17684/743, por ese orden, convalidando parcialmente estas piezas en lo que
a la falsedad documental de Wendling Duarte se refiere.

2. CITAR al ministerio fiscal y a la defensa de Ariel
Alejandro Mancuso a fin de que en el término de diez (10) días
comparezcan a juicio (art. 354 CPPN), sumándolo al avanzado trámite de la
causa nº 2313 para ser juzgado junto a su hermano Claudio Daniel y Mario
Raúl Ribet, previo fotocopiar lo pertinente de estos obrados.
3. DEVOLVER el expediente a origen a fin de que el
Sr. juez instructor se sirva renovar en legal forma los actos invalidados (art.
172 última parte CPPN).
Regístrese. Notifíquese. Devuélvase.

Anótese a los detenidos a su exclusiva orden.
Hecho, remítase sin otro trámite.
Sirva el presente de muy atenta nota de estilo.
Rigen las razones y el derecho invocados.

Pedimos la EXCARCELACIÓN !!!!!

Filed under: Comentarios — admin @ 12:47 pm

Pedimos al Juzgado de Campana y su juez subrrogante, la INMEDIATA EXCARCELACIÓN de Rodrigo Pozas Iturbe al haberse comprobado , no solamente que las indagatorias y por consiguiente, las declaraciones son han sido falseadas, exageradas, manipuladas, sino que además, los métodos usados por el Juez Faggionato, responden sola y únicamente a la extorción, las torturas y las coimas.

EXCARCELACIÓN YA!

Familiares, Amigos de Rodrigo Pozas Iturbe.

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